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Legalización y certificados

Memoria técnica o proyecto RITE: diferencias y cómo se determina cuál procede

Publicado el 5 de octubre de 2026 · Equipo técnico de Verano Instalaciones

Al documentar una instalación térmica conforme al RITE, una de las primeras preguntas es si corresponde una memoria técnica o un proyecto. No son lo mismo y la diferencia condiciona plazos, coste y trámites. Esta guía es información orientativa a octubre de 2026: la normativa puede actualizarse y la clasificación concreta depende de cada instalación, así que trátala como una introducción, no como la resolución de tu caso particular.

Qué es la memoria técnica

La memoria técnica es el documento más sencillo de los dos. Describe la instalación térmica, sus características y cómo justifica el cumplimiento del reglamento, con el nivel de detalle propio de instalaciones de menor entidad. Es habitual en instalaciones de potencia intermedia, donde no se exige el desarrollo completo de un proyecto pero sí una documentación técnica que respalde la ejecución y la puesta en servicio.

Qué es el proyecto

El proyecto es un documento más completo, firmado por técnico competente, que incluye memoria, cálculos, planos y especificaciones. Es propio de instalaciones de mayor entidad, donde el diseño, la ejecución y el control requieren un desarrollo técnico mayor. Frente a la memoria, el proyecto implica más trabajo previo, más documentación y, normalmente, más control durante la ejecución.

Información orientativa a octubre de 2026. Qué documento corresponde, cómo se registra y qué periodicidad de revisión aplica depende de la potencia térmica, la tecnología, el alcance de la obra y la comunidad autónoma. Antes de contratar conviene verificar la clasificación exacta de la instalación concreta.

Tramos orientativos de potencia

Una idea que ayuda a situarse es que, a mayor potencia térmica, mayores suelen ser las exigencias documentales. Como referencia puramente ilustrativa, el RITE suele manejar tramos de potencia como estos, pero con muchas matizaciones:

Tramo orientativoIdea general (con excepciones)
Por debajo de 5 kW (orientativo)Suelen tener exigencias documentales más ligeras, pero no siempre ni para toda tecnología.
Entre 5 y 70 kW (orientativo)Tramo muy común en viviendas y pequeños edificios, donde suele pedirse al menos memoria técnica y certificado.
Por encima de 70 kW (orientativo)Suelen requerir proyecto y mayores controles de ejecución y mantenimiento.
Estos tramos son solo una referencia, no una regla cerrada. Hay excepciones por tipo de tecnología, por tratarse de reforma y por los procedimientos de cada comunidad autónoma, que es quien determina en última instancia los requisitos exactos y su aplicación. No tomes los umbrales como un criterio automático: confirma siempre qué aplica a tu instalación concreta.

Cómo se determina cuál procede

La clasificación no se decide por intuición ni por el nombre del equipo, sino por el conjunto de la instalación: potencia térmica, tecnología y alcance de la obra, dentro del marco que fija la comunidad autónoma competente. Por eso una misma potencia puede resolverse de forma distinta según se trate de obra nueva, reforma o sustitución, y según el procedimiento autonómico aplicable.

Hay además matices que escapan a cualquier tabla. Por ejemplo, ciertas sustituciones de generador de hasta una determinada potencia pueden, en algunos supuestos, no exigir registro si no se superan ciertos límites y variaciones respecto al equipo sustituido. Es un detalle que no puede aplicarse de memoria: siempre hay que comprobar el caso.

Por qué importa aclararlo antes de empezar

Saber si corresponde memoria o proyecto condiciona el trabajo desde el principio: afecta a quién firma, a los plazos, al coste y a los trámites ante la administración. Resolverlo al inicio evita sorpresas y retrabajos. Para entender el marco general del reglamento y qué acredita el certificado al final de la obra, puedes ver qué es el RITE y el certificado RITE.

Sin automatismos ni "papeles garantizados". Ni la memoria ni el proyecto se "compran" al margen del trabajo técnico: son parte del expediente de una instalación bien diseñada y ejecutada por profesionales habilitados. La clasificación correcta es, además, responsabilidad técnica, no una elección comercial.

¿Clasificamos tu expediente RITE?

Valoramos tu instalación y te decimos si corresponde memoria técnica o proyecto, según potencia, tecnología, alcance y comunidad autónoma, antes de presupuestar. Empresa instaladora habilitada en Madrid. Teléfono 91 328 60 02.

Ver legalización RITE Qué es el RITE

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre memoria técnica y proyecto?

La memoria técnica es un documento más sencillo, propio de instalaciones de menor entidad; el proyecto es más completo, con cálculos y planos y firmado por técnico competente, para instalaciones de mayor entidad.

¿Los tramos de 5 y 70 kW son obligatorios tal cual?

No. Son una referencia orientativa con excepciones. Quien determina los requisitos exactos y su aplicación es la comunidad autónoma competente, y hay matices por tecnología, reforma y procedimiento.

¿Puedo elegir yo si quiero memoria o proyecto?

No es una elección comercial: la clasificación la determina la instalación (potencia, tecnología, alcance) y el marco autonómico. Es una decisión técnica.

¿Esta información está actualizada?

Es orientativa a octubre de 2026. El RITE ha tenido modificaciones y los requisitos autonómicos varían; conviene confirmar los detalles vigentes para tu instalación antes de actuar.