Qué resuelve
La legalización de una instalación sirve para acreditar que cumple las condiciones aplicables y dejarla en regla ante la administración cuando así se exige: puestas en servicio, reformas, sustituciones de equipos, altas de suministro o regularización de instalaciones ya ejecutadas sin documentación. Este es el punto de entrada único para cualquier instalación del sector; desde aquí te orientamos a la página concreta de tu caso.
El problema típico es que no todos los casos piden lo mismo. Según la instalación, la potencia, la tecnología y el alcance de la obra, lo exigible puede ser un certificado, una memoria técnica, un proyecto o un boletín, además de pruebas y registro autonómico cuando proceda. Por eso lo primero es clasificar el expediente, no emitir papeles a ciegas.
Qué instalaciones legalizamos
Trabajamos las legalizaciones y boletines más habituales del sector de la climatización, la calefacción, el agua y la energía:
- Instalaciones térmicas (RITE): calefacción, climatización y ACS dentro del ámbito del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. → Legalización RITE
- Instalaciones eléctricas (CIE / boletín eléctrico): el Certificado de Instalación Eléctrica que emite un instalador autorizado tras inspección. → Boletín eléctrico (CIE)
- Climatización y aire acondicionado: RITE y gases fluorados cuando aplica por potencia o alcance, y regularización de lo ya instalado. → Legalización de aire acondicionado
- Calefacción: calderas, aerotermia, radiadores y suelo radiante, con certificado, memoria o proyecto según potencia y comunidad autónoma. → Legalización de calefacción
- Fontanería y agua: regularización, subsanación de defectos y certificación por empresa habilitada. → Legalización de fontanería
- Solar térmica: documentación de la instalación de ACS solar dentro del ámbito que corresponda. Consúltanos el caso concreto.
Zona de cobertura
Prestamos el servicio en Rivas-Vaciamadrid y la Comunidad de Madrid, con equipo técnico propio, empresa habilitada e instalador autorizado según el tipo de instalación. El procedimiento administrativo se gestiona ante la administración autonómica que corresponde a tu instalación. Si tu caso queda fuera del radio habitual, te lo decimos antes de cerrar la visita.
Cómo funciona (proceso común)
Sea cual sea la instalación, seguimos el mismo itinerario para no emitir documentos a ciegas:
- Cuestionario inicial: nos dices qué instalación es (térmica, eléctrica, climatización, calefacción, fontanería, solar), potencia aproximada, tecnología, si es obra nueva, reforma, sustitución o regularización, y qué te están pidiendo.
- Revisión documental: comprobamos la documentación existente (fichas, manuales, certificados o boletines previos) y qué falta para el expediente.
- Visita y mediciones cuando hagan falta: si el caso lo requiere, el técnico verifica la instalación in situ y toma los datos necesarios.
- Clasificación del expediente: determinamos qué documento procede (certificado, memoria, proyecto o boletín) y qué pruebas y registro aplican.
- Presupuesto tras clasificar: solo entonces te pasamos el presupuesto, con el alcance y los entregables por escrito.
- Ejecución y tramitación: preparamos la documentación, realizamos las pruebas que correspondan y gestionamos el registro ante la administración.
Qué incluye (según el caso)
El alcance se ajusta a cada expediente. Como referencia, una legalización puede contemplar:
- Revisión documental y clasificación del expediente conforme a la normativa aplicable.
- Certificado, memoria técnica, proyecto o boletín cuando sea exigible.
- Pruebas y comprobaciones de la instalación que correspondan.
- Tramitación y registro ante la administración autonómica y, cuando proceda, la distribuidora.
- Entrega de la documentación final del expediente.
Qué no incluye (se presupuesta aparte)
- Reparaciones, adecuaciones o ampliaciones necesarias para que la instalación cumpla.
- Sustitución de equipos o elementos no conformes.
- Obra civil, reubicaciones o modificaciones de la instalación.
- Tasas y costes administrativos que repercuta la administración o la distribuidora.
- Trámites o inspecciones ajenos al expediente que no se recojan expresamente.
- Desplazamientos fuera de la zona de cobertura.
Qué necesitamos de ti
- Tipo de instalación, potencia aproximada y tecnología (caldera, aerotermia, aire acondicionado, solar, cuadro eléctrico, fontanería…).
- Documentación existente: fichas técnicas, manuales, certificados, boletines o proyectos previos, si los hay.
- Qué te están requiriendo y por quién (administrador, comunidad, suministradora, distribuidora, administración).
- Fotos de los equipos y su ubicación, y acceso a la instalación el día de la visita.
¿No sabes qué legalización te corresponde?
Cuéntanos tu instalación y qué te están requiriendo. Clasificamos el expediente y te decimos qué documento corresponde antes de presupuestar.
Solicitar estudio Legalización RITEPreguntas frecuentes
¿Qué instalaciones podéis legalizar?
Instalaciones térmicas (RITE), eléctricas (boletín/CIE), de climatización y aire acondicionado, de calefacción (calderas, aerotermia, radiadores, suelo radiante), de fontanería y de solar térmica. Desde esta página te orientamos a la ficha concreta de tu caso.
¿Me podéis dar el certificado o boletín directamente?
No. El documento solo se emite tras verificar que la instalación cumple. Si hay defectos o ampliaciones, primero se presupuesta la subsanación. No vendemos documentos al margen de la inspección.
¿Qué documento necesito: certificado, memoria, proyecto o boletín?
Depende de la instalación, la potencia, la tecnología y el alcance de la obra, y de la normativa de tu comunidad autónoma. Por eso clasificamos el expediente antes de nada: no aplicamos tablas generales.
Tengo una instalación ya puesta sin papeles, ¿se puede regularizar?
Sí, es uno de los casos habituales. Revisamos la documentación existente, comprobamos el estado de la instalación y, si cumple, preparamos y registramos lo que corresponda; si no, te decimos qué habría que adecuar.